¿Qué es el Visado para Nómadas Digitales?
El Visado para Nómadas Digitales de España es una autorización de residencia diseñada específicamente para trabajadores en remoto y autónomos que obtienen sus ingresos de empresas o clientes ubicados fuera de España. Introducido en enero de 2023, permite a los nacionales de fuera de la UE vivir y trabajar legalmente en España mientras continúan prestando servicios a empleadores o clientes en el extranjero. El visado se ha convertido rápidamente en uno de los programas para nómadas digitales más populares de Europa, gracias al atractivo clima de España, su coste de vida asequible en comparación con el norte de Europa, su infraestructura moderna y las vibrantes comunidades de expatriados en ciudades como Barcelona, Madrid, Valencia y Málaga.
A diferencia de los visados turísticos o las estancias sin visado que limitan tu tiempo a 90 días dentro de cualquier período de 180 días, el Visado para Nómadas Digitales otorga el derecho legal de residir en España durante un máximo de un año inicialmente, con la opción de convertirlo en un permiso de residencia de mayor duración. Esto significa que puedes abrir una cuenta bancaria española, firmar un contrato de alquiler, acceder a la sanidad pública y construir una vida auténtica en España en lugar de estar constantemente cruzando fronteras para reiniciar tu estancia turística.
El visado se conoce formalmente como el visado para teletrabajo de carácter internacional. Coexiste con una autorización de residencia complementaria (la autorización de residencia para teletrabajo internacional) a la que pueden acogerse directamente los ciudadanos de la UE y quienes ya se encuentren legalmente en España, sin necesidad de obtener previamente un visado consular.
La Ley de Startups: marco legal
El Visado para Nómadas Digitales fue creado al amparo de la Ley 28/2022, comúnmente conocida como la Ley de Fomento del Ecosistema de las Empresas Emergentes, o simplemente la Ley de Startups. Esta legislación, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 22 de diciembre de 2022 y vigente desde el 1 de enero de 2023, fue diseñada principalmente para impulsar el ecosistema de startups en España reduciendo las barreras burocráticas y creando incentivos fiscales para emprendedores e inversores. Las disposiciones relativas a los nómadas digitales se incluyeron en los artículos 13 a 16 de la ley, reconociendo que atraer a trabajadores en remoto que gastan dinero a nivel local mientras obtienen ingresos del extranjero genera beneficios económicos significativos para España.
La misma ley también amplió la Ley Beckham para incluir a los nómadas digitales como beneficiarios elegibles, creando una combinación muy potente: el derecho a vivir legalmente en España unido a un régimen fiscal muy favorable. Se trató de una medida política deliberada para posicionar a España como el destino preferente para trabajadores en remoto en la Unión Europea.
El reglamento de desarrollo se concretó mediante el Real Decreto 629/2023, que estableció los procedimientos específicos y los requisitos documentales. Es importante señalar que las normas siguen evolucionando a medida que el gobierno español perfecciona el programa basándose en la experiencia de su primera etapa de aplicación, por lo que siempre conviene verificar los requisitos vigentes antes de presentar tu solicitud.
Requisitos de elegibilidad
Para optar al Visado para Nómadas Digitales de España, debes cumplir varios criterios. Estos se aplican tanto si solicitas el visado inicial en un consulado español en el extranjero como si solicitas la autorización de residencia desde dentro de España:
- Trabajar para una empresa no española o tener clientes no españoles. Debes demostrar que realizas tu trabajo en remoto para una empresa establecida fuera de España, o que eres autónomo y tus clientes son predominantemente (al menos el 80% de la facturación) de fuera de España. Si trabajas para un empleador español o la mayor parte de tus ingresos procede de clientes españoles, no cumples los requisitos.
- Cumplir el umbral mínimo de ingresos. Debes ganar al menos el 200% del Salario Mínimo Interprofesional, lo que en 2026 equivale a aproximadamente 3.256 euros al meso unos 39.070 euros anuales. Este umbral se ajusta cada vez que el gobierno actualiza el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Necesitarás acreditar estos ingresos mediante contratos de trabajo, nóminas, extractos bancarios o facturas de clientes correspondientes al menos a los tres meses anteriores.
- Disponer de un acuerdo de trabajo en remoto genuino. La empresa para la que trabajas debe llevar operativa al menos un año, y necesitas aportar pruebas de que tu puesto puede desempeñarse en remoto. Esto puede incluir un acuerdo formal de teletrabajo, una carta de tu empleador confirmando el acuerdo, o — para autónomos — contratos con clientes extranjeros junto con pruebas del trabajo realizado.
- No haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores. Se trata de la misma regla de cinco años que se aplica a la Ley Beckham. Si has sido residente fiscal en España en cualquier momento durante los cinco ejercicios fiscales anteriores a tu solicitud, no eres elegible.
- No tener antecedentes penales. Debes aportar un certificado de antecedentes penales limpio de tu país de nacionalidad y de cualquier país en el que hayas residido durante los últimos cinco años.
- Disponer de un seguro médico adecuado. Necesitas un seguro de salud privado que proporcione cobertura completa en España, contratado con una aseguradora autorizada para operar en el país. Los seguros de viaje o los planes de tu país de origen que no cubran expresamente España no son aceptados.
- No encontrarte en situación irregular en España. Si solicitas desde dentro de España, debes estar en el país legalmente — ya sea con un visado válido, una estancia turística dentro del límite de 90 días u otra forma de autorización legal.
Para trabajadores en remoto por cuenta ajena
Si trabajas por cuenta ajena para una empresa extranjera, necesitas un contrato de trabajo firmado o una carta de tu empleador que confirme que tu puesto permite el teletrabajo desde España. La empresa debe llevar en funcionamiento al menos doce meses. No es necesario que el empleador tenga una entidad legal en España.
Para autónomos y trabajadores por cuenta propia
Los autónomos deben demostrar que al menos el 80% de sus ingresos procede de clientes fuera de España. Necesitarás presentar contratos activos o facturas de clientes extranjeros. Muchos autónomos también deben plantearse si necesitan darse de alta como autónomo en España, aunque técnicamente es una cuestión independiente del visado en sí.
Ventajas fiscales y la Ley Beckham
Una de las características más atractivas del Visado para Nómadas Digitales de España es el acceso que otorga al régimen fiscal especial de la Ley Beckham. En circunstancias normales, los residentes fiscales españoles pagan el impuesto sobre la renta progresivo (IRPF) a tipos que van del 19% al 47%. Los titulares del Visado para Nómadas Digitales que cumplan los criterios de elegibilidad pueden optar por la Ley Beckham, que ofrece:
- Un tipo fijo del 24% sobre las rentas obtenidas en España hasta 600.000 euros anuales, frente a los tipos progresivos estándar que pueden alcanzar el 47%.
- Exención fiscal sobre la mayoría de las rentas de origen extranjero, incluyendo dividendos, plusvalías y rentas de alquiler de activos situados fuera de España.
- Sin obligación de presentar el Modelo 720, el formulario de declaración de bienes en el extranjero que conlleva sanciones severas por incumplimiento bajo el régimen fiscal ordinario.
- Exención del Impuesto sobre el Patrimonio (Impuesto sobre el Patrimonio) sobre activos situados fuera de España.
El régimen de la Ley Beckham dura el ejercicio fiscal en el que te conviertes en residente fiscal español más los cinco años siguientes — un total de hasta seis años. Para activarlo, debes presentar el Modelo 149 ante la Agencia Tributaria en un plazo de seis meses desde tu alta en la Seguridad Social o el inicio de tu actividad laboral en España. Este plazo es estricto y su incumplimiento supone la pérdida total del acceso al régimen.
Para un nómada digital que gane 80.000 euros al año, la diferencia es significativa: aproximadamente 19.200 euros de impuestos con la Ley Beckham frente a unos 23.400 euros con el régimen progresivo estándar — un ahorro de más de 4.200 euros anuales. Con niveles de renta superiores, el ahorro es aún más considerable. Consulta nuestra guía completa de la Ley Beckham para cálculos detallados y el proceso de solicitud completo.
Documentación necesaria
Reunir la documentación correcta suele ser la parte más laboriosa del proceso del Visado para Nómadas Digitales. Los documentos que faltan o son incorrectos son la causa número uno de retrasos y denegaciones. Necesitarás:
- Pasaporte en vigor. Debe tener una validez de al menos un año desde la fecha prevista de estancia y disponer de al menos dos páginas en blanco. Haz copias de la página de datos y de cualquier sello de visado existente.
- Formulario de solicitud de visado cumplimentado (EX-01). Disponible en el consulado español o en la web del Ministerio de Asuntos Exteriores. Cumpleméntalo con cuidado: las inconsistencias entre el formulario y los documentos de respaldo pueden provocar retrasos.
- Fotografías recientes tamaño carné. Dos fotografías que cumplan los requisitos biométricos estándar (fondo blanco, dimensiones del rostro 32 mm x 26 mm).
- Certificado de antecedentes penales. De tu país de nacionalidad y de cualquier país en el que hayas vivido más de seis meses en los últimos cinco años. Debe estar apostillado o legalizado y, si no está en español, acompañado de una traducción jurada. La mayoría de los certificados tienen una validez de tres a seis meses desde la fecha de emisión.
- Justificante de seguro médico. Una póliza de una aseguradora autorizada en España que ofrezca cobertura completa sin copagos ni exclusiones significativas. La póliza debe ser válida durante toda la duración de tu estancia. Compañías como Sanitas, Adeslas y Cigna Global ofrecen planes que cumplen los requisitos.
- Contrato de trabajo o acuerdo de teletrabajo. Para trabajadores por cuenta ajena, un contrato firmado o una carta de tu empleador que confirme que tu puesto es en remoto y puede desempeñarse desde España, los datos de registro de la empresa y que la empresa lleva operativa al menos un año. Para autónomos, contratos con clientes extranjeros más prueba de la prestación de servicios.
- Justificante de ingresos. Extractos bancarios, nóminas o declaraciones de la renta de los últimos tres a doce meses que demuestren ingresos iguales o superiores al umbral del 200% del SMI (aproximadamente 3.256 euros al mes en 2026). Algunos consulados también aceptan cartas de oferta o contratos que indiquen el salario futuro.
- Acreditación de que la empresa lleva activa al menos un año. Puede incluir un certificado de registro mercantil, cuentas anuales o un extracto del registro mercantil del país donde está establecida la empresa.
- Número de NIE — si ya dispones de uno por una estancia anterior en España. Si no, se te asignará uno como parte del proceso del visado. Consulta nuestra guía completa del NIE para más información sobre este número de identificación.
- Acreditación de cualificaciones o experiencia profesional. Aunque no siempre se exige formalmente, algunos consulados solicitan pruebas de título universitario, certificaciones profesionales o al menos tres años de experiencia laboral relevante. Tener estos documentos preparados puede evitar retrasos innecesarios.
Todos los documentos que no estén originalmente en español deben ir acompañados de una traducción jurada(traducción jurada) realizada por un traductor oficialmente autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Los documentos emitidos fuera de España deben estar además apostillados (para países adheridos al Convenio de La Haya) o legalizados a través del canal consular correspondiente.
Proceso de solicitud paso a paso
La vía de solicitud depende de si lo haces desde fuera de España (vía visado) o desde dentro de España (vía autorización de residencia). La mayoría de los solicitantes de fuera de la UE seguirán la vía consular.
Vía A: Solicitar desde fuera de España (visado consular)
- Paso 1: Pide cita en el consulado. Contacta con el consulado español en tu país de residencia para programar una cita de visado. La capacidad de tramitación varía mucho: algunos consulados pueden atenderte en dos semanas, mientras que otros tienen listas de espera de dos meses o más. Pide cita lo antes posible.
- Paso 2: Prepara tu documentación. Reúne todos los documentos requeridos, obtén las apostillas y traducciones juradas, y asegúrate de que todo está actualizado. Los certificados de antecedentes penales y los certificados médicos suelen tener una validez de tres a seis meses.
- Paso 3: Acude a tu cita. Presenta tu solicitud completa en persona en el consulado. El funcionario consular puede hacerte preguntas sobre tu acuerdo de trabajo, tus planes en España y tu situación financiera. Prepárate para explicar tu configuración de teletrabajo de forma clara y concisa.
- Paso 4: Espera la tramitación. El consulado tiene un plazo legal de 10 días hábiles para emitir una resolución, aunque en la práctica puede extenderse a 20 días hábiles o más. Si se aprueba, recibirás una etiqueta de visado en tu pasaporte válida por un año.
- Paso 5: Entra en España y regístrate. Una vez en España, debes registrarte en la policía (obteniendo tu NIE y la tarjeta TIE), empadronarte en el censo municipal y darte de alta en la Seguridad Social en un plazo de 30 días.
Vía B: Solicitar desde dentro de España (autorización de residencia)
Si eres ciudadano de la UE/EEE o ya te encuentras legalmente en España (por ejemplo, en estancia turística o con otro visado), puedes solicitar directamente la autorización de residencia a través de la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE-CE), la unidad gubernamental que gestiona las categorías migratorias estratégicas. El proceso es similar, pero se tramita a nivel nacional en lugar de a través de un consulado, y el plazo legal de resolución es de 20 días hábiles.
Plazos de tramitación y costes
Conocer los plazos y costes reales es fundamental para planificar tu traslado a España. Esto es lo que puedes esperar:
Plazos de tramitación
- Visado consular (Vía A): oficialmente 10 días hábiles desde la cita hasta la resolución, aunque muchos consulados tardan de 15 a 30 días hábiles en la práctica. Añade el tiempo adicional para obtener la propia cita, que puede sumar de dos a ocho semanas dependiendo de la carga de trabajo del consulado.
- Autorización de residencia (Vía B): 20 días hábiles desde la presentación de una solicitud completa. En la práctica, cuenta con cuatro a seis semanas. Las solicitudes incompletas se paralizan hasta que se aporten los documentos que faltan, lo que puede alargar considerablemente los plazos.
- Tarjeta TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero): Una vez concedido tu visado o autorización de residencia, debes solicitar tu tarjeta de residencia física en un plazo de 30 días desde tu entrada en España o la recepción de la aprobación. La producción y entrega de la tarjeta suele tardar de cuatro a seis semanas.
Costes
- Tasa de solicitud de visado: aproximadamente 80 euros (sujeto a cambios y puede variar según la nacionalidad).
- Tasa de autorización de residencia (Tasa 790-052): aproximadamente de 16 a 22 euros.
- Tasa de la tarjeta TIE (Tasa 790-012): aproximadamente de 16 a 22 euros.
- Apostillas: varía según el país, generalmente de 10 a 50 euros por documento.
- Traducciones juradas: generalmente de 30 a 80 euros por documento, dependiendo de la extensión y el par de idiomas.
- Certificados de antecedentes penales: varía según el país, a menudo gratis o hasta 50 euros.
- Seguro médico: presupuesta entre 80 y 200 euros al mes para un plan de salud privado que cumpla los requisitos en España.
- Coste total estimado: espera gastar entre 500 y 1.500 euros en total en tasas, traducciones, apostillas y configuración del seguro, sin incluir las primas de seguro recurrentes ni la asistencia profesional.
Visado para Nómadas Digitales frente a otros visados españoles
España ofrece varias categorías de visado para nacionales de fuera de la UE. Elegir el adecuado depende de tu situación laboral, fuente de ingresos y planes a largo plazo. Así se compara el Visado para Nómadas Digitales:
Visado para Nómadas Digitales frente a Visado No Lucrativo
El Visado No Lucrativo está diseñado para personas con ingresos pasivos (jubilados, inversores, personas que viven de sus ahorros) que no tienen intención de trabajar en España. No puedes realizar ninguna actividad laboral — ni siquiera en remoto — con este visado. El requisito de ingresos es aproximadamente similar, pero la diferencia clave es que el Visado para Nómadas Digitales permite expresamente y está diseñado para el teletrabajo. Si obtienes ingresos activamente de tu trabajo (aunque sea en remoto), el Visado No Lucrativo no es la opción correcta.
Visado para Nómadas Digitales frente a Visado de Autónomo
La vía de autónomo implica darse de alta como trabajador por cuenta propia en España y es adecuada si planeas ofrecer servicios a clientes españoles o dirigir un negocio que opere dentro de España. El Visado para Nómadas Digitales está específicamente pensado para personas cuyo trabajo y clientes están fuera de España. Si más del 20% de tus ingresos como autónomo proviene de clientes españoles, es posible que debas considerar la vía de autónomo en su lugar.
Visado para Nómadas Digitales frente a Golden Visa
La Golden Visa de España (visado de inversor) requiere una inversión financiera significativa — normalmente la compra de un inmueble de 500.000 euros — a cambio del derecho de residencia. No exige que trabajes ni que demuestres ingresos por empleo. El Visado para Nómadas Digitales es mucho más accesible económicamente pero requiere mantener un trabajo activo en remoto para una empresa o clientes extranjeros. El programa Golden Visa también ha sido objeto de un mayor escrutinio y cambios legislativos en los últimos años.
Visado para Nómadas Digitales frente a Tarjeta Azul UE
La Tarjeta Azul UE está diseñada para trabajadores altamente cualificados con un contrato de trabajo de una empresa establecida en España. Es el escenario opuesto al Visado para Nómadas Digitales: la Tarjeta Azul es para trabajar presencialmente para un empleador español, mientras que el Visado para Nómadas Digitales es para trabajar en remoto para uno extranjero.
Renovación y camino hacia la residencia
El Visado para Nómadas Digitales inicial tiene una validez de un año. Tras ese primer año, puedes solicitar una renovación de la autorización de residencia que extiende tu estancia hasta tres años adicionales. La renovación requiere demostrar que continúas cumpliendo los criterios de elegibilidad originales: trabajo en remoto vigente para una empresa o clientes extranjeros, ingresos por encima del umbral mínimo, seguro médico válido y sin antecedentes penales.
Tras el visado inicial (un año) más la renovación (hasta tres años), habrás residido legalmente en España durante cuatro años. En ese momento, puedes solicitar la residencia de larga duración, que requiere cinco años de residencia legal continuada. Necesitarías un año adicional bajo otra situación habilitante o una segunda renovación para alcanzar el umbral de cinco años, dependiendo de cómo evolucione la normativa.
Tras diez años de residencia legal y continuada en España, puedes solicitar la nacionalidad española. Los ciudadanos de países latinoamericanos, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Andorra y Portugal se benefician de un requisito reducido de solo dos años. Los descendientes de sefardíes contaban con una vía independiente, aunque ese programa se cerró a nuevas solicitudes en 2019.
A lo largo de todo este recorrido, mantener una residencia legal ininterrumpida es esencial. Las interrupciones en tu autorización, las ausencias prolongadas de España (generalmente más de seis meses consecutivos) o los períodos sin situación legal válida pueden reiniciar el cómputo de tu trayectoria de residencia.
Errores frecuentes que debes evitar
Basándonos en la experiencia de miles de nómadas digitales que han pasado por este proceso desde 2023, estos son los errores más comunes y cómo evitarlos:
- Documentación incompleta o inconsistente. Esta es la causa más habitual de retrasos y denegaciones. Los consulados son meticulosos con los requisitos documentales. Asegúrate de que cada documento está actualizado, debidamente apostillado y acompañado de una traducción jurada. Comprueba que los nombres, fechas y datos coinciden en todos los documentos.
- Solicitar en el consulado incorrecto. Debes solicitar en el consulado español que tenga jurisdicción sobre tu lugar de residencia, no en cualquier consulado. Solicitar en el lugar equivocado resultará en la denegación directa de tu solicitud.
- Subestimar los requisitos de acreditación de ingresos. No basta con tener un trabajo bien remunerado: necesitas pruebas documentales. Extractos bancarios, nóminas, contratos y declaraciones de la renta deben demostrar claramente ingresos constantes por encima del umbral. Los ingresos irregulares de autónomo con interrupciones pueden generar dudas.
- No cumplir el plazo de la Ley Beckham. Muchos nómadas digitales llegan a España y se centran en instalarse — buscar piso, abrir una cuenta bancaria, contratar una línea de teléfono — y olvidan que el plazo de seis meses para solicitar la Ley Beckham ya está corriendo. Inicia el proceso de registro fiscal inmediatamente tras tu llegada.
- No darse de alta en la Seguridad Social. Incluso como trabajador en remoto para una empresa extranjera, puedes tener obligaciones con la Seguridad Social en España dependiendo de tu situación específica y de los convenios bilaterales entre España y tu país de origen. No darse de alta o asumir que estás exento sin asesoramiento profesional puede acarrear sanciones.
- Utilizar un seguro médico inadecuado. Los seguros de viaje económicos o los planes internacionales que no cubren específicamente España serán rechazados. El seguro debe ser de una aseguradora autorizada para operar en España y proporcionar cobertura completa sin copagos durante toda la duración de tu estancia.
- Ignorar la regla del 80% para autónomos. Si empiezas a aceptar clientes españoles tras tu llegada y estos pasan a representar más del 20% de tus ingresos, puede que ya no cumplas los criterios de elegibilidad del Visado para Nómadas Digitales. Vigila atentamente la composición de tu cartera de clientes.
- No obtener el número de NIE a tiempo. Tu NIE es la llave de todo en España — banca, contratos, impuestos, inscripción en la sanidad. Los retrasos en su obtención se traducen en retrasos en todos los demás trámites administrativos.
- No planificar las obligaciones fiscales. Convertirse en residente fiscal español activa obligaciones de declaración. Incluso bajo la Ley Beckham, necesitas presentar declaraciones anuales y comprender tus obligaciones respecto a activos en el extranjero, criptomonedas y otros elementos declarables. La ignorancia no es una defensa ante Hacienda.
Cómo puede ayudarte Noburo
El proceso del Visado para Nómadas Digitales se sitúa en la intersección del derecho de extranjería y la planificación fiscal — dos áreas donde los errores son costosos y estresantes de corregir. Noburo está diseñado específicamente para guiar a los expatriados a través de exactamente este tipo de burocracia española, combinando automatización con IA y supervisión humana experta.
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- Preparación y revisión de documentos. Generamos listas de verificación adaptadas a tu consulado específico (los requisitos pueden variar entre consulados), te ayudamos a preparar los formularios de solicitud y revisamos tu paquete completo de documentación antes de la presentación para detectar errores que de otro modo causarían denegaciones.
- Integración con la Ley Beckham. Gestionamos la solicitud de la Ley Beckham junto con tu proceso de visado para que no pierdas la ventana crítica de seis meses. Preparación del Modelo 149, registro fiscal y presentación anual continuada — todo coordinado como un servicio único.
- NIE y tramitación post-llegada. Una vez que llegues a España, te guiamos a través del alta en la Seguridad Social, el empadronamiento, la solicitud de la tarjeta TIE y todos los demás trámites administrativos necesarios para establecer tu presencia legal.
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El Visado para Nómadas Digitales de España es uno de los mejores programas de Europa para trabajadores en remoto — pero solo si gestionas correctamente el papeleo y aprovechas las ventajas fiscales disponibles. La combinación de residencia legal, el tipo fijo del 24% de la Ley Beckham y la excepcional calidad de vida de España lo convierte en una opción sobresaliente para nómadas digitales preparados para echar raíces.
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